Deberes y Derechos de los Municipes

 

Artículo 14.- Las y Los Munícipes. 
Las y Los munícipes son los habitantes que tienen su residencia habitual en el territorio municipal. 
El conjunto de personas que reside en un municipio constituye la población del mismo. 
 
Articulo 15.- Derechos y Deberes de Las y Los Munícipes: 
Los derechos y deberes del y de la munícipe son: 
1º. Elegir y ser elegible de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, la Ley Electoral y esta ley. 
2º. Hacer uso de los servicios públicos municipales en las condiciones establecidas en las 
ordenanzas y reglamentos municipales. 
3º. Exigir que las competencias propias, coordinadas y/o delegadas sean prestadas con 
eficiencia, eficacia y transparencia ante el ayuntamiento, las instancias de lo contencioso 
administrativo, instancias de control interno y externo de la administración pública. 
4º. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y reglamentos. 
5º. Consultar los archivos y registros de los ayuntamientos, así como obtener copias y 
certificaciones de los documentos de dominio público municipal, conforme lo establecido en 
la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. 
6º. Desarrollar y formar asociaciones destinadas a la defensa de los intereses colectivos de 
ámbito comunitario. 
7º. Reclamar ante los órganos de gobierno municipal contra los actos u omisiones de éstos que 
les perjudiquen individual o colectivamente. 
8º. Cumplir con las ordenanzas y disposiciones municipales, con sus obligaciones tributarias y 
denunciar los hechos y actos que lesionen el patrimonio municipal. 
9º. Todos aquellos otros derechos y deberes previstos en la Constitución y las leyes.

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