Planificación Municipal

 

 

 

 

Sr. Domingo German Garcia

Director Planes, proyectos y Programas Municipales

Gestión 2010-2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 y siguientes de la Ley No. 498-06, el artículo 16 y siguientes de su Reglamento No. 493-07 de Aplicación No. 1, y el artículo 124 de la Ley No. 176-07, se crea en cada municipio, la Oficina de Planificación y Programación, con la finalidad de garantizar la coordinación e integración de las políticas sectoriales y de equidad de género del Gobierno con las del Municipio, asesorar al Concejo Municipal y a la Sindicatura, en materia de políticas, planes, programas y proyectos municipales, así como la
evaluación de los resultados de la gestión en cuanto a la eficiencia, eficacia, impacto, pertinencia y visibilidad. De acuerdo a las normas citadas en el presente artículo, le corresponde a esta Oficina, las siguientes atribuciones:

a) Realizar ejercicios prospectivos sobre los logros y metas que el Ayuntamiento debería alcanzar en el mediano y largo plazo;

b) Coordinar la elaboración del Plan Estratégico Institucional, según lo dispuesto en el Reglamento No. 493-07;

c) Coordinar la elaboración del Plan de Inversión Pública Municipal, de acuerdo con el Plan Estratégico Institucional;

d) Participar, conjuntamente con la unidad responsable del presupuesto municipal, en la formulación del presupuesto del Ayuntamiento, en los aspectos referidos a la instrumentación del Plan Estratégico Institucional, así como en la definición de la estructura programática del presupuesto;

e) Monitorear la ejecución de los programas y proyectos institucionales;

f) Evaluar el impacto del Plan Estratégico Institucional;

g) Identificar, formular, evaluar y presentar los proyectos de inversión del Ayuntamiento, a que se refiere el Reglamento No. 493-07;

h) Programar y organizar las actividades del Proceso de Autoevaluación y de aplicación del Modelo de Gestión de Calidad que se apliquen en el Ayuntamiento, a que se refiere el Título III del presente Reglamento, en coordinación con la Oficina de Recursos Humanos;

i) Coordinar con la Oficina de Recursos Humanos, la revisión y actualización de la estructura organizativa, el análisis y rediseño de los procesos relativos
al desarrollo interno del Ayuntamiento.

 

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